Plazos y fechas límite para la implementación de la facturación electrónica

Los plazos y fechas límite para la implementación de la facturación electrónica en Perú han sido establecidos por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) a través de diferentes resoluciones. A continuación, se detallan los plazos y fechas más relevantes:

  1. Contribuyentes designados como emisores electrónicos: Según la Resolución de Superintendencia N° 234-2016/SUNAT, los contribuyentes que hayan sido designados por la Sunat como emisores electrónicos deben comenzar a emitir facturas electrónicas en la fecha que les haya sido asignada. Estos plazos varían en función de la actividad económica y el tamaño del contribuyente.
  2. Categoría especial: Los contribuyentes designados como «categoría especial» por la Sunat debieron implementar la facturación electrónica desde el 1 de enero de 2018, de acuerdo con la Resolución de Superintendencia N° 234-2016/SUNAT.
  3. Empresas y personas naturales que facturan más de S/ 5000: Según la Resolución de Superintendencia N° 234-2016/SUNAT, los contribuyentes que superen el umbral de facturación mensual de S/ 5000 deben emitir facturas electrónicas a partir de la fecha que les corresponda, según el cronograma establecido por la Sunat.
  4. Contribuyentes voluntarios: La facturación electrónica es voluntaria para los contribuyentes que no se encuentren dentro de los casos anteriores. Sin embargo, estos contribuyentes pueden optar por implementar la facturación electrónica en cualquier momento.

Es importante tener en cuenta que la Sunat puede realizar modificaciones o extensiones a los plazos establecidos, por lo que es necesario mantenerse actualizado con las resoluciones y comunicados emitidos por la Sunat.

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